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Cómo hacer un modelo de certificado de donación

El equipo de StockCrowd
Posted by El equipo de StockCrowd on 7/05/20 11:46

Si tu entidad recibe donaciones, los donantes querrán deducirse dichas donaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sociedades o en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, por lo que tendrás que emitir un certificado de donación. En este artículo te contamos qué es, cómo se hace un modelo de certificado de donación y qué contenido mínimo debe tener.

¿Qué es el certificado de donación?

El certificado de donación es un documento que se utiliza para justificar las donaciones que se hacen por personas físicas o empresas que puedan beneficiarse de deducciones fiscales a entidades sin ánimo de lucro. 

Además del certificado, el donante podrá tener otro tipo de justificantes de la donación como un contrato firmado con la donataria, una escritura pública otorgada ante Notario o el justificante de una transferencia bancaria, por ejemplo.

¿Qué contenido mínimo debe tener un modelo de certificado de donación?

El contenido mínimo del modelo de certificado de donación se regula en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo que establece que debe contener los siguientes elementos: 

  • Datos del donante: NIF, nombre, apellidos, domicilio etc. 
  • Datos de la entidad receptora de la donación: NIF, denominación, domicilio etc. 
  • Mención expresa de que la ley 49/2002 se aplica a la entidad donataria. 
  • Fecha de la donación.
  • Importe de lo donado, en el caso en que se haya donado dinero. 
  • Documento público u otro documento auténtico que acredite la entrega de un bien, en el caso en que la donación no sea dinero. 
  • Destino que se dará a lo donado por la entidad que recibe la donación. 
  • Mención expresa a la irrevocabilidad de la donación, es decir, explicar que la donación no se puede anular. 

El certificado deberá ir firmado por el representante legal de la entidad (presidente o secretario, por ejemplo) y el sello. 

¿Cómo puedes enviar el modelo de certificado de donación?

Por lo general el modelo de certificado de donación se puede enviar por correo ordinario o por correo electrónico. En el caso en el que tus donantes no lo hayan recibido deberás facilitar el trámite ofreciendo varias opciones para que lo descarguen (área de socio, por ejemplo) o para que lo soliciten (teléfono o dirección de correo electrónico). 

Para poder hacer correctamente el certificado es fundamental que recabes del donante, en el momento de hacer la donación, todos sus datos, incluido el NIF y la dirección postal o email, respetando en todo caso la Ley de Protección de Datos Personales. 

¿Qué declaración debe presentar la organización?

Como organización no solo deberás entregar el modelo de certificado de donación, sino que, además, tendrás que presentar en la Agencia Tributaria el modelo 182 Declaración Informativa, donativos, donaciones y aportaciones recibidas.

Se trata de una declaración informativa en la que se hace un listado de los donativos, donaciones y aportaciones que tu entidad haya recibido y que den derecho a una deducción en el IRPF, IS o IRNR. 

La presentación del modelo 182 se realiza de forma telemática. 

¿Qué donaciones son deducibles?

La regulación de las donaciones deducibles se contiene en la Ley 49/2002 que establece en su artículo 17 que darán derecho a practicar deducciones: 

  • Los donativos de dinero, de bienes y de derechos. 
  • Las cuotas de afiliación. 
  • La constitución de un usufructo sobre bienes, derechos o valores, hecha sin contraprestación. 
  • Los donativos de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español. 
  • Los donativos de bienes culturales de calidad garantizada en favor de entidades que tengan como finalidad la difusión del patrimonio histórico artístico. 

¿Qué deducciones fiscales tienen los donativos a una ONG?

Es importante que sepas las deducciones fiscales que tienen los donativos que se hacen a una ONG para poder informar a donantes y potenciales donantes. Las deducciones se regulan en los artículos 19 y siguientes de la Ley 49/2002:

  • Personas físicas. En el caso de las personas físicas que tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas si la donación es de hasta 150 euros, el porcentaje de deducción es del 75% y lo que exceda de esa cantidad tendrá un porcentaje de deducción del 30%. 

En el caso de que en los dos años anteriores el donante haya hecho donaciones a la misma entidad el porcentaje a aplicar a la cantidad que exceda de 150 euros será del 35% y no del 30%.

El límite de la deducción es del 10% de la base liquidable. 

  • Personas jurídicas (empresas). En el caso de las sociedades se podrán deducir en el Impuesto sobre Sociedades un porcentaje del 35%. Si en los dos años anteriores se han hecho donaciones a la misma entidad el porcentaje aumenta a un 40%. 

El límite de la deducción es del 10% de la base imponible. En el caso en que se exceda el límite se podrá aplicar lo sobrante en los diez ejercicios siguientes. Si la actividad para la que se dona se considera prioritaria por la Ley General de Presupuestos del Estado, se aplicará una deducción adicional del 5%. 

Además de lo anterior, es importante que los donantes consulten con la Agencia Tributaria de su Comunidad Autónoma y con su asesor fiscal ya que pueden existir otras deducciones aplicables a nivel local. 

Muchas entidades como la Fundación Lealdad o Médicos sin Fronteras tienen una página en su web donde explican cómo funcionan las deducciones y en el caso de Oxfam Intermón  se incluye una calculadora para conocer la deducción aplicable. 

En definitiva, la información a los donantes sobre las deducciones es fundamental para impulsar las donaciones y también es esencial que elabores un modelo de certificado de donación que cumpla los requisitos legales que hemos visto y lo envíes a cada donante para generar confianza y que se pueda aplicar la deducción que corresponda. 

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