Si tu entidad recibe donaciones, los donantes querrán deducirse dichas donaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sociedades o en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, por lo que tendrás que emitir un certificado de donación. En este artículo te contamos qué es, cómo se hace un modelo de certificado de donación y qué contenido mínimo debe tener.
El certificado de donación es un documento que se utiliza para justificar las donaciones que se hacen por personas físicas o empresas que puedan beneficiarse de deducciones fiscales a entidades sin ánimo de lucro.
Además del certificado, el donante podrá tener otro tipo de justificantes de la donación como un contrato firmado con la donataria, una escritura pública otorgada ante Notario o el justificante de una transferencia bancaria, por ejemplo.
El contenido mínimo del modelo de certificado de donación se regula en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo que establece que debe contener los siguientes elementos:
El certificado deberá ir firmado por el representante legal de la entidad (presidente o secretario, por ejemplo) y el sello.
Por lo general el modelo de certificado de donación se puede enviar por correo ordinario o por correo electrónico. En el caso en el que tus donantes no lo hayan recibido deberás facilitar el trámite ofreciendo varias opciones para que lo descarguen (área de socio, por ejemplo) o para que lo soliciten (teléfono o dirección de correo electrónico).
Para poder hacer correctamente el certificado es fundamental que recabes del donante, en el momento de hacer la donación, todos sus datos, incluido el NIF y la dirección postal o email, respetando en todo caso la Ley de Protección de Datos Personales.
Como organización no solo deberás entregar el modelo de certificado de donación, sino que, además, tendrás que presentar en la Agencia Tributaria el modelo 182 Declaración Informativa, donativos, donaciones y aportaciones recibidas.
Se trata de una declaración informativa en la que se hace un listado de los donativos, donaciones y aportaciones que tu entidad haya recibido y que den derecho a una deducción en el IRPF, IS o IRNR.
La presentación del modelo 182 se realiza de forma telemática.
La regulación de las donaciones deducibles se contiene en la Ley 49/2002 que establece en su artículo 17 que darán derecho a practicar deducciones:
Es importante que sepas las deducciones fiscales que tienen los donativos que se hacen a una ONG para poder informar a donantes y potenciales donantes. Las deducciones se regulan en los artículos 19 y siguientes de la Ley 49/2002:
En el caso de que en los dos años anteriores el donante haya hecho donaciones a la misma entidad el porcentaje a aplicar a la cantidad que exceda de 150 euros será del 35% y no del 30%.
El límite de la deducción es del 10% de la base liquidable.
El límite de la deducción es del 10% de la base imponible. En el caso en que se exceda el límite se podrá aplicar lo sobrante en los diez ejercicios siguientes. Si la actividad para la que se dona se considera prioritaria por la Ley General de Presupuestos del Estado, se aplicará una deducción adicional del 5%.
Además de lo anterior, es importante que los donantes consulten con la Agencia Tributaria de su Comunidad Autónoma y con su asesor fiscal ya que pueden existir otras deducciones aplicables a nivel local.
Muchas entidades como la Fundación Lealdad o Médicos sin Fronteras tienen una página en su web donde explican cómo funcionan las deducciones y en el caso de Oxfam Intermón se incluye una calculadora para conocer la deducción aplicable.
En definitiva, la información a los donantes sobre las deducciones es fundamental para impulsar las donaciones y también es esencial que elabores un modelo de certificado de donación que cumpla los requisitos legales que hemos visto y lo envíes a cada donante para generar confianza y que se pueda aplicar la deducción que corresponda.